Judiciales
Denegri vs. Google: quién tiene razón en la polémica entre el derecho a la información y el “derecho al olvido”
Expertos en medios de comunicación analizan los elementos que abarca el debate sobre la ex mediática, a partir de la causa que por estos días se dirime en la Corte Suprema.
Una joven sale en la tele. El contenido del que participa tiene un aire de escándalo farandulero liviano. Sin embargo, de fondo hay una causa judicial. A ella la declaran inocente. Más de veinte años después, reconvertida en una famosa conductora de televisión estadounidense, exige al todopoderoso Google que su nombre en las búsquedas online se desligue (se desindexe) del -para ella- vergonzoso contenido de esos años. Es Natalia Denegri. El debate: el derecho a la información versus el derecho al olvido.
¿Somos o no somos nuestro pasado?
La polémica remite a un debate difícil, irresuelto por verde y también lleno de asteriscos y salvedades, dado el vacío (o, por lo menos, el atraso) legal que todavía existe en el tedioso capítulo “Internet y nosotros”.
En esa laguna nadan desde abusos de las empresas tecnológicas a los usuarios hasta reclamos que no siempre son tan atendibles. En cualquier caso, los problemas saltan cada vez que alguien choca contra el monstruo informativo que es Internet.
Monstruo, además, omnipresente, tan vital como pesadillesco, lo que merece un minuto de reflexión: hicimos de Internet un nodo central de nuestras vidas. ¿Terminó tomando el mando de ellas?
Liquid paper
Natalia Denegri es una conductora de televisión estadounidense, en sus cuarentas. Periodista, empresaria, actriz y productora exitosa, es ganadora de 22 premios Emmy. Sin embargo, está impresa en el imaginario cultural argentino por haber integrado, en los calurosos años 90, el desfile cotidiano de figuras ligadas al “caso Coppola”, en el resonante programa de televisión de Mauro Viale.
Lo pasado, pisado, sí, pero se vuelve a hablar de ella porque lanzó una batalla judicial contra Google, a fin de hacer valer su supuesto derecho a ser desindexada de los registros informativos (recortes de videos y notas periodísticas) de ese momento.
Una “desindexación” haría que, al tipear su nombre en el buscador más usado del mundo, ese contenido no “saltara”. Contenido que, hay que aclarar, seguiría disponible iniciando la búsqueda de algún otro modo.
Natalia Denegri reclama su “derecho al olvido”. ¿Lo tiene?
Tribunales
Dos fallos judiciales, en primera y segunda instancia, evaluaron que sí. Pero Google -y tiene el apoyo de organizaciones en defensa de la libertad de expresión, desde el Centro de Estudios Sociales y Legales (CELS) hasta la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA)- apeló.
La Corte Suprema de Justicia le hizo lugar al pedido. Se espera que el máximo órgano judicial tome posición en los próximos tres a cinco meses.
Hay que decir que el “derecho al olvido” es una expresión sin sustento legal en la Argentina. Sin embargo, para muchos tiene un correlato comprensible desde el sentido común.
Uno de los argumentos de Denegri es que las búsquedas online ligadas a su nombre remiten casi sin excepción a ese pasado, lo que para ella es perjudicial a nivel personal, y también, irrelevante, en términos periodísticos. Retenga este dato.
Se podría decir que ese material le representa una mancha en el curriculum. “Salvando las distancias sería tal como le pasa a un actor o actriz que participó de una película muy mala y no quiere que su nombre aparezca ligado a ella”, comparó Ingrid Sarchman, docente del seminario de “Informática y Sociedad” de la carrera de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Según la experta, “este caso tiene cierta especificidad porque la ley del derecho al olvido, en los países en los que existe, se aplica cuando la información que está en la Web no es certera o está desactualizada. Por ejemplo, el caso de una persona que tenía una deuda y aunque ya no la tiene, figura como deudor”.
Sin embargo, “este caso es más complejo porque la información que aparece cuando uno googlea el nombre de ella es certera. Forma parte del archivo histórico local. Y sin embargo, ella exige que la desliguen de información que es verídica”.
Siendo así, el pedido de Denegri “se mueve en una delgada línea entre el derecho que uno tiene a que Google quite información falsa sobre uno o información que supuestamente podría lesionar la integridad”, explicó.
De interés público
Martín Becerra es un reconocido especialista en medios e industrias culturales. Es doctor en Ciencias de la Información, investigador Principal del Conicet y profesor en las universidades nacionales de Quilmes y de Buenos Aires.
Sistematizó el problema según dos partes.
Por un lado están las posiciones en conflicto: “Denegri tiene un planteo bastante simple sobre derecho al honor. Ella entiende que su carrera, en la actualidad, se ve opacada por la participación que tuvo en los 90 en el caso Coppola. No pide la eliminación del contenido sino el deslinkeo de su nombre en el buscador que usamos en más del 95% de los casos”.
En la vereda de enfrente, “hay preocupación por los efectos de sentar un precedente delicado en materia de acceso a la información pública y libertad de expresión”.
En este punto, retorna el argumento de la conductora sobre la “poca pertinencia periodística” enunciado más arriba, ese contenido al que Denegri ya no quiere estar “abrochada”. La base de la premisa que esgrime es que la información no es de interés público.
Carlos Laplacette, asesor legal de ADEPA, apuntó a esta cuestión: “Los jueces se basaron en que esos programas eran televisión basura y no de interés público. Es una posición normativa cuestionable. ¿Qué es el interés público? ¿Lo que yo como juez o funcionario digo? Es un criterio complicado en términos de libertad de expresión”.
Siguiendo esa línea, Becerra advirtió que un nuevo fallo a favor de Denegri dejaría “a juicio discrecional de los magistrados, que en muchos casos carecen de comprensión de cuestiones como la libertad de expresión, discriminar entre lo que es y lo que no es de interés público”.
Sin embargo, opinó, “esos programas fueron emitidos en medios abiertos, con la participación voluntaria de ella. No fue un acto privado sino público y nadie la obligó. No había cumplido los 21, es cierto, pero tenía entre 19 y 20 años. Podía votar. Tenía una serie de obligaciones y derechos. No era una infante”.
Controvertido algoritmo
Siguiendo la sistematización de Becerra, la segunda cuestión para analizar este debate alude al tema “algoritmos”.
Precisamente, uno de los argumentos de ADEPA es el reclamo de que se transparenten los algoritmos que regulan los buscadores de internet.
¿Qué es un algoritmo? Se puede entender como una instrucción: primero hacer esto o poner esto acá; luego, esto otro, allá. Y así.
Cuando los medios generan contenido, Google lo organiza y presenta siguiendo una serie de reglas (algoritmos). Desde ya, la priorización es discrecional, y su lógica, secreta.
Nadie conoce la esencia del algoritmo por el cual la búsqueda “Natalia Denegri” ofrece primero el contenido farandulero de los 90 y, en último lugar, sus más de 20 premios Emmy.
Para Becerra, si los algoritmos fueran transparentes, todo este debate no existiría: “Si se hiciera transparente el criterio para organizar el catálogo de informaciones que linkea en el motor de búsqueda -y en este punto soy compresivo del argumento de Denegri-, sería fácil demostrarle a Google, si fuera el caso, que jerarquiza episodios remotos que no tienen mayor importancia y que pueden causar un daño reputacional”.
En otras palabras, “si fuera visible el algoritmo, se podría demostrar que quizás esas reglas en unos casos se cumplen y en otros, no. Que en ciertos casos la regla es dañina de un derecho humano. Con Google y con el resto de las plataformas de búsqueda”.
Matices
Ahora bien, ¿empresas como Google podrían argumentar que recortan o jerarquizan la información en virtud de un lineamiento editorial, tal como un periódico decide qué noticias poner en tapa y cuáles no?
Laplacette explicó que son cosas distintas: “En ambos casos se brinda un servicio, pero las plataformas de búsqueda, si bien dan información, son los facilitadores para el acceso a la información. Su función se parece más a la de un caño de fibra óptica que a una editorial”.
El debate es largo; los intereses en conflicto, descomunalmente grandes. Habrá que esperar la decisión de la Corte Suprema argentina.
En cualquier caso, resaltó como conclusión Sarchman, pase lo que pase, nada borrará la información que sobrevuela en la memoria local.
Ni sobre Denegri ni sobre nada: “El derecho al olvido puede tener sentido en el aura virtual, pero la memoria colectiva no se cercena por sacar unos videos. La trasciende, por suerte. Lo que nos diferencia de un algoritmo o una máquina es que podemos recordar, y recordar de manera interpretativa”.