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Denunciaron a Pablo Moyano por haber dicho que había que tirar al Riachuelo al ministro Luis Caputo

La denuncia contra el líder sindical es por incitación a la violencia y amenaza de muerte contra el titular de la cartera económica

“Si (el ministro de Economía Luis ‘Toto’) Caputo lleva adelante estas medidas, los trabajadores lo van a tirar al Riachuelo”, dijo esta tarde el líder camionero Pablo Moyano durante el acto de cierre por el paro de la CGT. Sus palabras no tardaron en generar una acusación penal. El abogado Jorge Monastersky radicó una denuncia contra el jefe sindical por “incitación a la violencia y amenaza de muerte”.

Ahora, fueron las palabras de Moyano las que generaron otra denuncia. Esta tarde, durante la movilización de la CGT en una jornada de paro nacional por las políticas económicas del gobierno de Milei, el líder camionero aseguró frente a los manifestantes: “Hace pocos días el Presidente, de forma risueña con un periodista, riéndose, decía que al Ministro de Economía, por las medidas que estaba tomando, hay que llevarlo en andas. El mismo ministro de Economía, que fue socio de Macri, que fugó 45.000 millones de dólares, que tendría que estar desfilando por los tribunales dando explicación. Yo le digo que si lleva estas medidas económicas de ajuste, de hambre, de despido, los trabajadores, los jubilados y los más humildes lo van a llevar en andas al ministro de Economía pero para tirarlo al riachuelo”.

Apenas unos minutos después de esas palabras, el analista financiero Javier Timerman se pronunció en la red social X: “Qué espanto escuchar a un dirigente sindical amenazar con tirar al riachuelo a Luis Caputo. Sin palabras. No hay lugar para esos dichos en una democracia”. El ministro de Economía contestó: “Gracias, Javier. Espero que la justicia tome cartas en el asunto

Aunque dependerá de la fiscalía que evaluará la denuncia y encuadrará los hechos cuando le toque dictaminar, la figura de intimidación pública e incitación a la violencia se castiga con penas de hasta seis años de prisión. El primero de los cargos apunta a quien “para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos. Cuando para ello se empleare explosivos, agresivos químicos o materiales afines, siempre que el hecho no constituya delito contra la seguridad pública, la pena será de prisión de tres a diez años”. El delito 212, en tanto, reprime al que “incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones por la sola incitación”. En tanto, se castiga con prisión de entre dos y cuatro años de prisión al que “hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”.

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