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Economia

El Gobierno anunció el plan de jubilación anticipada por desempleo: cómo será

Para mujeres y hombres que tengan 30 años de aporte, le falten 5 años o menos para jubilarse y estén desocupados.

El Gobierno anunció el plan de jubilación anticipada, un proyecto que impulsa la ANSeS y que permite a mujeres y hombres que ya cuentan con 30 años de aportes necesarios para jubilarse pero que no tengan la edad  para hacerlo puedan acceder al beneficio previsional de anticipada.

Tal como había anticipado Clarín, este miércoles al mediodía se firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de la pre-jubilación o Jubilación Anticipada por Desempleo y se entregaron también las primeras jubilaciones de aportes por tarea de cuidado. Los detalles de ambas medidas quedaron en manos de la titular de ANSeS, Fernanda Raverta y el jefe de Gabinete, Juan Manzur.

“Hoy vamos a hacer un anuncio para aquellos que tienen 30 años de aporte, que no le deben nada al Estado, han aportado pero les falta la edad, hoy, a partir de la firma de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) van a tener la posibilidad de jubilarse”, dijo Raverta en el Museo del Bicentenario.

“Nos encontramos con hombres y mujeres que ya han trabajado mucho y aportado lo que tenían que aportar y no le deben nada al Estado”, explicó.

La jubilación anticipada por desempleo comprende a los trabajadores desocupados al 30 de junio de este año, mujeres entre 55 y 59 años y varones entre 60 y 64 años con 30 o más años de aportes efectivos (sin moratoria) ingresados en la Seguridad Social.

“Esto no es para algunos, es para todos a los que les corresponda”, apuntó a su turno Juan Manzur.

El DNU, anticipado por Clarín, además, de la cobertura de la obra social (PAMI), aclara que en caso de fallecimiento del titular, el cónyuge o conviviente tienen el derecho de pensión por viudez.

Los puntos salientes son:

• Haber: se jubilan con el 80% del haber que les corresponde según el sueldo promedio actualizado de los últimos 10 años aportados por la cantidad de años de aportes. En ningún caso, ese haber puede ser inferior al haber mínimo” (hoy $ 25.922). Cuando alcancen  la edad jubilatoria de 60 años las mujeres y 65 años los varones pasarán a cobrar el 100%.

• Solicitud: la Jubilación Anticipada tiene carácter extraordinario y podrá ser solicitada dentro de los dos años contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia.

  • Incompatibilidad: la Jubilación Anticipada es incompatible con la realización de actividades en relación de dependencia o por cuenta propia, y con la percepción de cualquier tipo de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas, jubilación, pensión o retiro civil o militar, ya sean nacionales, provinciales o municipales.
  • Pensión: si el titular se incapacita, deja de cobrar la pre-jubilación y accede al retiro por invalidez.
  • Financiamiento: “La Jefatura de Gabinete de Ministros procederá a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las disposiciones que se establecen por la presente medida”, dice el DNU. * Apoyo: tanto el oficialismo como sectores de la oposición

En base a los registros de ANSeS, en el Gobierno estiman que la Jubilación Anticipada en lo inmediato podría beneficiar a más de 30.000 personas, los llamados “jóvenes para jubilarse pero grandes para trabajar”. Son la contracara de los que tienen la edad para jubilarse pero les falta años de aportes para completar los 30 años mínimos requeridos.

Sin ingresos, algunos logran hacer alguna “changa” informal, pero todos deben esperar cumplir los 60 años en el caso de las mujeres o 65 años los varones para jubilarse, requisito para iniciar el trámite previsional.

El texto es muy similar a la PAD ( Prestación Anticipada por Desempleo)que rigió a través de la ley N° 25.994 sancionada en enero de 2005 y que tuvo vigencia hasta 2007. Entonces 47.236 personas accedieron a la PAD, de acuerdo al Boletín Estadístico de la Seguridad Social.

Según ANSeS que impulsó e DNU dice “que su dictado resulta conveniente en términos de propiciar medidas de inclusión para un grupo particularmente vulnerable en virtud de problemáticas estructurales y coyunturales del mercado de trabajo” y “con menores posibilidades que otros grupos poblacionales para su reinserción laboral”.

También reconoce “el esfuerzo contributivo de las personas” por contar con más de 30 años de aportes, “ y las dificultades para obtener ingresos suficientes afectados por la crisis económica previa y durante la pandemia de COVID-19” .

Concluye que se “torna una medida de carácter urgente, dado que garantizará ingresos permanentes a personas que hoy se encuentran en situación de vulnerabilidad, a la vez que les otorgará cobertura sanitaria, una protección de suma relevancia atendiendo a que la pandemia del COVID-19 sigue vigente” .

La jubilación anticipada por desempleo rige en varios países, como España y Perú.

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