La jueza comercial Valeria Pérez Casado ordenó distribuir entre los acreedores de la petrolera quebrada bienes y efectivo por 100 millones de dólares.
Sin esperar el tratamiento del proyecto de moratoria fiscal en el Congreso, y planteando que no se sabe si podrá llegar a un acuerdo con el fisco para afrontar la multimillonaria deuda en cuotas, la justicia en lo civil y comercial decidió hace pocos días reactivar la quiebra de Oil Combustibles SA, la petrolera de Cristóbal López, y así liquidar todos sus activos. Pese a que el empresario K había pedido que este proceso se suspenda, se avanzará en la distribución entre los acreedores de los bienes que aún le quedan a la petrolera y los fondos ingresados a la cuenta judicial. Son 100 millones de dólares, y el principal acreedor es el fisco.
La titular del juzgado comercial 5, Valeria Pérez Casado, considera que el proceso de quiebra debe avanzar, es decir que hay que liquidar todos los activos de la compañía para hacer frente al pago de los acreedores, entre los cuales la AFIP es el principal. De esta manera, Oil Combustibles no tendrá ninguna posibilidad de lograr el levantamiento del proceso de quiebra, como buscaban sus dueños.
En la resolución a la que accedió Clarín, la magistrada sostiene que se continuará con “el trámite de la distribución” de los activos a favor de los acreedores. La medida se adoptó después de haber suspendido dicha instancia por unos meses a pedido de la defensa de Cristóbal López. Tal requerimiento se formuló por dos motivos: la empresa buscaba llegar a un acuerdo con su principal acreedor, la AFIP ya que en el caso de concursados y quebrados que están procesados penalmente el fisco sólo puede ofrecer 12 cuotas. En la época de Ricardo Echegaray, estaba directamente vedada toda posibilidad de acceder a planes en esas circunstancias.
Si Cristóbal López lograba levantar la quiebra, podía obtener el beneficio de un plan de pagos y salvar la compañía. Aquel el plan de doce cuotas es una oferta que en el estado actual de la petrolera, no resulta conveniente.
En el expediente, a este proceso para levantar la quiebra se denomina “por avenimiento”, que en otras palabras significa que se logró un consenso de las partes sobre otra modalidad de pago para no llegar a la liquidación de la empresa. Fue la alternativa en la que insistió Oil.
Sucede que pese a que ya se había dictaminado la quiebra de la petrolera, aún existe un margen para que la empresa acuerde con sus acreedores quitas y planes de financiación que luego pueden presentarse ante la Justicia para frenar la liquidación de la empresa. En el caso de Oil, el levantamiento de su quiebra requiere el consentimiento de todos los acreedores, pero el 90% de la deuda es con la AFIP, que por ley no puede dar quitas. Sólo podría ofrecer un plan de pago, como el régimen de doce cuotas que en su momento aceptó brindar Abad.
La oposición en el Congreso presentó una nota que detalla la deuda de Oil, señalando que la firma “ha manifestando su voluntad de acogerse a un plan de facilidades de pago para cancelar la totalidad de sus deudas tributarias verificadas en el concurso (6.739.449.633 pesos), en la quiebra (1.507.702.128 pesos) y pendientes de resolución (3.548.496.183 pesos)”.
Sin un plazo para aquello se acuerde, la juez resolvió: “Resulta pertinente continuar con el trámite de la distribución (…)Sin que quepa seguir esperando ni al resultado del trámite de avenimiento, ni a la adhesión a una moratoria que hasta la fecha, no constituye más que un proyecto de ley (…) Máxime cuando en el caso no ha mediado suspensión de la distribución, y, las sumas se encuentran depositadas aguardando la aprobación del proyecto y el reparto, que beneficiará a todos los acreedores y que a nadie perjudicará, en tanto se han efectuado las reservas del caso, entre las que está la del organismo fiscal”. A otro tema.
Hay otra instancia a la que apelaban los abogados de Oil Combustibles como vía para evitar la quiebra: el proyecto de Ley de Moratoria que el gobierno envió al Congreso. Ese texto pretende modificar, entre otros, el artículo 16 de la ley vigente, según la cual quedan excluidos de cualquier moratoria las empresas “declaradas en estado de quiebra, respecto de los cuales no se haya dispuesto la continuidad de la explotación”.
Recordemos, la petrolera de Cristóbal López y Fabián De Sousa está en proceso de quiebra desde junio de 2018. Su principal acreedor es la AFIP. La firma fue denunciada durante la gestión de Alberto Abad por no haber pagado durante el gobierno de Cristina Kirchner el Impuesto a la Transferencia de los Combustibles (ITC), que se retenía a los usuarios de las estaciones de servicio de Oil. En el fuero federal se denunció un supuesto fraude al Estado por 8.000 millones de pesos. López sostiene que no adeuda más de 600 millones.
Para Oil además habría otro beneficio puntual, pues el proyecto del oficialismo también modifica el artículo octavo, que impedía incluir en la moratoria deuda por el ITC. Si se aprueba, eso sí se podrá incluir, y aunque Oil ya no está operativa porque sus principales activos se remataron en el marco del concurso, “la deuda generada con el fisco es por ese impuesto puntualmente”, indicó una fuente del expediente.
Así, el proyecto le abre una posibilidad, porque a aquel artículo le incorpora una excepción: podrán acceder al beneficio fiscal aquellas empresas o empresas que estén en proceso de quiebra, y para ellos impone requisitos que son excluyentes. Oil podría ingresar provisoriamente a una eventual moratoria, si lograra concluir su quiebra en un plazo de 90. Para hacerlo, requiere de la conformidad de al menos dos tercios de sus acreedores. En el caso de Oil, el principal damnificado es la propia AFIP.
Pero la jueza en lo Civil y Comercial, consideró que esto por ahora es un proyecto y que debe avanzar en la liquidación de la compañía, con lo cual la quiebra por el momento no se levantará. Sólo podría ocurrir en caso de que el proyecto se convierta en ley velozmente y así pueda acogerse a la moratoria Oil.