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Gestapo sindical: dictaron la falta de mérito para todos los involucrados
El juez Martínez De Giorgi, además, ordenó pedidos de informes a la AFI sobre cómo apareció el video clave de una reunión ocurrida en 2017, en el Banco Provincia, en la que participó el ministro de Trabajo bonaerense de la gestión de María Eugenia Vidal
El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi firmó la falta de mérito para un grupo de exfuncionarios y espías investigados en la causa conocida como “mesa judicial bonaerense” o “Gestapo sindical”, revelaron a Infobae fuentes judiciales, y ordenó una serie de medidas de prueba, que incluyen profundizar sobre las causas contra el sindicalista Juan “El Pata” Medina y reclamar a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) información sobre el hallazgo del video que destapó la reunión que tuvo lugar en el Banco Provincia de la Capital Federal y sus derivaciones.
La decisión es consecuencia del fallo que había dictado a fines de agosto la Cámara Federal porteña cuando revocó los procesamientos, planteó dudas sobre la supuesta persecución política a líderes sindicales y afirmó que no se demostró que hubo inteligencia ilegal. Los procesamientos habían sido dictados en abril de 2022 por el juez de La Plata Ernesto Kreplak.
“Tras un razonado análisis del material probatorio incorporado al legajo y con base en los lineamientos impartidos por la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones del fuero, este tribunal dispondrá en autos la falta de mérito para procesar o sobreseer a Marcelo Eugenio Villegas, Adrián Patricio Grassi, Juan Pablo Allan, Julio César Garro, Darío Alberto Biorci, Juan Sebastián De Stefano, Diego Luis Dalmau Pereyra, Roberto Gigante, Marcelo Jaworski, Ricardo José Alconada Magliano, Guillermo Federico Moretto, Jorge Oscar Del Río, Fabián Rolando Cusini y Bernardo Luis Zaslascky”, señaló la resolución a la que accedió Infobae.
Martínez De Giorgi entendió que “las dudas instaladas” y el estado de las actuaciones “vuelven indispensable en esta instancia adoptar un temperamento expectante en torno a los nombrados y disponer al respecto la realización de una serie de medidas de prueba con el objetivo de esclarecer los hechos objeto de investigación”. Y, frente a eso, ordenó una serie de medidas.
Ante esta decisión, el fiscal Franco Picardi apeló. Según el dictamen al que accedió este medio, Picardi sostuvo que la resolución es “arbitraria, pues no analiza de manera integral la base fáctica que se ha logrado reconstruir en el presente caso”. Insistió en que, a su criterio, las pruebas contra los implicados y en “el rol de la Agencia Federal de Inteligencia, que fue esencial en este entramado”.
La causa se inició en diciembre de 2021 cuando la AFI presentó en la justicia federal de La Plata una filmación encontrada en sus oficinas, que daba cuenta de una reunión ocurrida el 15 de junio de 2017 en la sede porteña del Banco Provincia. “Créeme que si yo pudiera tener -y esto te lo voy a desmentir en cualquier parte-, una Gestapo, una fuerza de embestida para terminar con todos los gremios, lo haría”, decía en ese encuentro Marcelo Villegas, entonces ministro de trabajo de Vidal, según reveló un video encontrado en la AFI a fines de 2021.
Junto con Villegas en la reunión participaron el entonces intendente de La Plata, Julio Garro; el exministro de Infraestructura Roberto Gigante; el exsecretario de Justicia Adrián Grassi; el senador provincial de Juntos por el Cambio Juan Pablo Allan; los exdirectivos de la AFI Sebastián De Stéfano; Darío Biorci y Diego Dalmau Pereyra; y los empresarios de la construcción Ricardo Alconada Magliano, Guillermo Moretto, Jorge Del Río, Fabián Cusini, Bernardo Zaslascky y Marcelo Jaworski.
Todos hablaron de los aprietes y extorsiones que sufrían de parte de Medina y que la justicia no hacía nada. Allí Villegas les pidió a los empresarios que presentaran notas contra el gremialista para después judicializarlas y que para eso ya tenía todo hablado con “la Procuración, la fiscal y el juez”. Más tarde, Medina fue detenido y procesado por el juez federal de Quilmes Luis Armella, junto a otros acusados.
El dirigente sindical había sido detenido en septiembre de 2017. La Justicia lo procesó por los delitos de “asociación ilícita”, “lavado de dinero” y “extorsión”, y además le trabó un embargo por 200 millones de pesos. En febrero de 2020 fue beneficiado con la prisión domiciliaria, que cumplió en su casa de la localidad bonaerense de Ensenada. Un año después fue excarcelado por el Tribunal Oral Federal 2, pero Medina incumplió una de las pautas fijadas, la prohibición de participar en actividades gremiales, y volvió a ser arrestado, hasta que recuperó nuevamente la libertad.
Con la apertura de la causa de la Gestapo, un juez de La Plata (hoy retirado) ordenó el sobreseimiento de “Pata” Medina junto a otros siete familiares y frenó su juicio. Dijo que la situación del gremialista “no sería más que el fruto de los delitos que se vienen investigando en la causa 18933/21, por resultar consecuencia de actividades de inteligencia ilegal desplegadas en el marco de un proyecto delictivo más amplio”. Casación confirmó la decisión, que ahora está apelada por vía de queja ante la Corte Suprema.
En abril de 2022, el juez Kreplak procesó al exsubsecretario de Justicia bonaerense Adrián Grassi; al senador provincial de Cambiemos Juan Pablo Allan; y a los exdirectivos de la AFI Juan Sebastián De Stéfano (Asuntos Jurídicos), Diego Dalmau Pereyra (Contrainteligencia) y Darío Biorci (exjefe de Gabinete de la subdirección de la AFI). Y en ese fallo pidió profundizar la investigación a las “autoridades nacionales” que dieron órdenes y a las judiciales por el armado de casos.
Pero a fines de agosto pasado, en una votación dividida, la Cámara Federal revocó esos procesamientos con severas críticas a la investigación y ordenó profundizar medidas. En ese sentido, ahora Martínez De Giorgi dictó la falta de mérito para todos los investigados y ordenó avanzar sobre algunos puntos. Para el tribunal, resulta necesario contar con el testimonio de Hugo Timossi, presidente de la Unión Industrial del Gran La Plata, junto a Andrés Fariña, Jorge Martínez, Nicolás Quiroga y Ángel García.
El juez ordenó además efectuar “un análisis profundo de las once causas que se habrían formado contra Medina y su agrupación gremial” y detallar en qué está la causa principal contra “Pata” Medina. El fallo también entendió “de suma importancia requerir a la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia -previa desclasificación a tenor del artículo 16 de la Ley 25.520 y su modificatoria, si correspondiera- que realice un informe del contexto completo de cómo ocurrió el hallazgo del material aportado, y que se expida en relación con la existencia de un protocolo de actuación por el cual se filmarían esta clase de actos, y, en su caso, si se aplicó al caso en estudio, quién pudo haber dado la orden para realizar esa filmación, con qué fecha y por qué repartición habría sido clasificada, qué material se usó y a quién le pertenece”. A la causa, además, se sumarán los antecedentes de otras causas de espionaje, como ARA San Juan, el caso del Instituto Patria y la megacausa que se nació por espionaje en Lomas de Zamora.
A raíz de esta decisión, la fiscalía apeló por entender que “el temperamento adoptado por el Sr. Juez ocasiona un gravamen de imposible reparación ulterior a esta parte, que considera que existen evidencias contundentes respecto de las conductas emprendidas por los imputados Biorci, De Stefano, Dalmau Pereyra, Villegas, Grassi, Allan y Garro que cubren holgadamente las exigencias de probabilidad del artículo 306 del Código Procesal Penal de la Nación”. Para el Ministerio Público, “la falta de mérito dispuesta por el Sr. Juez obstaculiza el avance del caso hacia una etapa de juicio oral y público”.
En su presentación, Picardi advirtió que “los hechos que conforman el presente caso se ciñen a la planificación, diseño y ejecución de una estrategia orientada a involucrar en procesos penales a dirigentes de la U.O.C.R.A.-Seccional La Plata, concretamente al Sr. Juan Pablo Medina y su entorno, por parte del Gobierno Nacional y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires”, y cómo “se involucró a la Agencia Federal de Inteligencia y a sus agentes, quienes, bajo el designio de sus máximas autoridades, realizaron actividades de inteligencia prohibidas por la ley”.
“El fin último de estas maniobras era involucrar a Juan Pablo Medina en un proceso penal e incidir sobre su libertad. En este sentido, no podemos obviar el contexto en el que se desplegó esta estrategia, toda vez que tanto el Gobierno Nacional como el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (P.B.A.), atravesaban un conflicto gremial en el que Medina incidía. A la vez, no se puede desconocer que la detención del sindicalista tendría aptitud para proyectar sus dimensiones simbólicas y prácticas sobre otros representantes gremiales, en contextos de conflictividad”, subrayó.