El organismo oficial intervino de oficio luego de verificar que la compañía hacía “anuncios que inducían al engaño y la confusión, acción que incurre en la violación a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor”. De acuerdo con la imputación, NuSkin Argentina habría “incumplido con el deber de suministrar en forma cierta y objetiva información veraz sobre los productos que comercializa”.
En ese sentido, el comunicado de la Secretaría de Comercio apunta que “el modelo de venta se presenta como salida laboral, cuando en realidad era un esquema piramidal o multinivel, donde no hay ingreso seguro pero sí se requiere que la vendedora/promotora realice una inversión inicial. Y además se premia si se consiguen más vendedores dispuestos a invertir”.
Luego agrega que “en caso de vender los productos a través de su sistema de oferta personal, promete la posibilidad de ganar un bono minorista. Estos ofrecimientos aportan confusión e inducen a engaño ya que para incorporarse al mecanismo de venta de la empresa, se debe abonar una suma de dinero inicial que, en muchos casos, supera los $ 20.000″.
NuSkin Argentina además fue imputada por publicidad engañosa “ya que promete que sus productos garantizan una ‘juventud duradera’. Además, la promoción se hace a través de su página web, Facebook y mediante la utilización de influencers, lo cual vulnera la obligación de brindar atención y dar trato digno y equitativo a los consumidores”.
“Por otro lado, la empresa establece cláusulas abusivas en su contrato ya que si el consumidor tuviese algún problema se le induce a reclamar en el estado de Utah, Estados Unidos. Esto está prohibido por la legislación argentina”, agrega.
Además, la Secretaria apunta que “la Ley de Defensa del Consumidor establece sanciones que llegan a los 5 millones de pesos para aquellos proveedores que no respeten los derechos de las y los consumidores”.