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Economia

Prepagas: para los que no tienen la cuota congelada, el aumento de noviembre es del 10,98%

  • Comenzarán a recibir la comunicación con el anuncio de incremento.

Los afiliados de las prepagas que no tienen la cuota congelada – ya sea porque no declararon tener ingresos del grupo familiar mensuales inferiores a los $ 2 millones o los declararon por encima de ese importe- tendrán un aumento de la cuota en noviembre del 10,98%, según informó la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud).

Hoy esos afiliados recibirán la comunicación de las empresas de medicina privada a la que pertenecen porque deben hacerlo con 30 días de anticipación.

La factura que se abona en octubre tiene un incremento del 6,97% para todos los afiliados sin distinción de ingresos.

Como vino explicando Clarin, a comienzos de este mes, el Gobierno acordó con las prepagas el congelamiento de las cuotas por 90 dias para los afiliados con ingresos por debajo de los $ 2.000.000. Para el resto, se mantiene sin cambios el aumento de la cuota, según la evolución del Índice de Costos de Salud que elabora la SSSalud.

Para tener la cuota congelada, los usuarios deben completar todos estos meses una declaración jurada online (suspensión provisoria de la aplicación de actualización de valores de planes de empresas de medicina privada) y cumplir con varios requisitos vinculados con los ingresos y con el patrimonio del grupo familiar adherido al plan de salud.

La declaración, que hay que realizar en cada uno de los tres meses consiste en marcar la opción “sí” o “no” en el formulario web se explicitan los requisitos para acceder al congelamiento. Los requisitos se refieren al grupo familiar y son los siguientes:

  • No tener ingresos brutos mensuales iguales o superiores a $ 2.000.000.
  • No ser propietario de dos o más inmuebles.
  • No ser propietario de tres o más vehículos (excepto los hogares en los que haya alguien con Certificado Único de Discapacidad).
  • No ser propietario de aeronaves o embarcaciones de lujo.
  • No ser titular de activos societarios “que exterioricen capacidad económica”.

Finalmente se debe marcar “sí” a la afirmación “Autorizo a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar los datos ingresados con otros Organismos”

Así, por ejemplo, si un afiliado y familia con ingresos de menos de $ 2 millones mensuales, pero tiene 2 inmuebles, la cuota no se congela y se aplica el porcentaje del Índice de Costos de Salud.

A cambio de ese congelamiento, según el decreto 478/2023, las empresas de salud quedaron exentas desde el 1° de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive, del pago de las contribuciones patronales” que recibe el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)- ANSeS.

Hasta ahora, los establecimientos del sector tenían una reducción del 50% del pago de las contribuciones patronales hasta el 31 de diciembre 2023.

La segunda medida es que tendrán un plan de pagos especial en 9 cuotas, con el primer vencimiento en marzo de 2024, para las obligaciones de pago de las contribuciones patronales y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) respecto de los períodos fiscales devengados en los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023,

Con relación al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias a partir del 1° de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive se aplicarán las alícuotas reducidas que estaban vigentes sólo hasta el 31 de diciembre.

Por último, el decreto alerta sobre el establecimiento de copagos y afirma que quienes “dispongan el cobro a los afiliados y las afiliadas de empresas de medicina prepaga de aranceles adicionales a los establecidos a la Superintendencia de Salud” entre el 1° de septiembre y el 31 de diciembre, quedan automáticamente excluidos de todos esos beneficios.

Por otro lado, en la segunda semana de octubre funcionarios y el sector privado volverán a reunirse para evaluar la situación y analizar si se requiere o no nuevas medidas.

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