Connect with us

Policiales

Un ex funcionario devolvió un millón de pesos que cobró ilegalmente

Durante 14 años percibió una jubilación de un régimen especial y un sueldo del Ministerio de Salud de la Nación. La ley lo prohíbe y fue enviado a juicio oral por fraude. Pero decidió devolver el dinero y pidió no ser juzgado. Un tribunal oral avaló su planteo. Los motivos

Un ex funcionario le devolvió al Estado un millón de pesos para evitar ser juzgado por fraude. Se trata del dinero que cobró de más durante 14 años por tener un doble ingreso que prohíbe la ley: una jubilación del régimen especial Poder Judicial y un sueldo del Ministerio de Salud de la Nación. Además ocultó esa información cuando se jubiló.

Rubens Torresi, un odontólogo de 87 años, fue acusado en 2014 de fraude en perjuicio de la administración pública y enviado a juicio oral. Pero voluntariamente le devolvió a la ANSES el dinero que la justicia entendía que había cobrado de manera ilegal: 1.092.989,04 pesos. Con ese reintegro pidió no ser juzgado. Y el Tribunal Oral Federal 3 aceptó el pedido y lo sobreseyó. Para hacerlo, los jueces Fernando Machado Pelloni, Andrés Basso y Javier Ríos señalaron que un artículo del Código Penal y del nuevo Código Procesal Penal de la Nación establece que la acusación se extinguirá “por conciliación o reparación integral del perjuicio”.

No es la primera vez que un ex funcionario devuelve dinero. En 2017 lo hicieron Juan Carlos Kalfaian y Rubén Chorbadjian, ex funcionarios de la Casa de la Moneda durante el gobierno de Carlos Menem. Fueron condenados a tres años de prisión por pagar sobreprecios a una empresa alemana. También a devolver el dinero de la corrupción. Entregaron 1.343.265,66 de pesos.

Torresi trabajó simultáneamente en el Poder Judicial y en el estado nacional. Ingresó en 1969 como asesor del Ministerio de Salud en planta permanente y en 1978 a la Obra Social del Poder Judicial como jefe del área de odontología. Se jubiló en 1996.

Durante 14 años cobró la jubilación y el sueldo del Ministerio de Salud. Hasta que en 2011 la situación fue advertida y denunciada por la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos de la Seguridad Social (UFISES). En ese momento renunció al Ministerio y se quedó con la jubilación.

La acusación fue que Torresi cobraba dos ingresos cuando la ley lo prohíbe y que para eso había mentido porque cuando se jubiló no informó que trabajaba en el estado. Lo que Torresi, según los cálculos de las constancias de la causa judicial a la que accedió Infobae, cobró de más por los dos sueldos fue un millón de pesos. El juez federal Sebastián Casanello lo citó a indagatoria.

En la justicia, Torresi declaró que nunca ocultó su trabajo en el Ministerio de Salud, que era conocido por sus compañeros y que la Obra Social hizo un relevamiento administrativo en todo su personal donde se dejó constancia de esa situación. También negó que haya ocultado ese trabajo cuando inició los trámites para jubilarse.

Pero el juez Casanello lo procesó en abril de 2014 por el delito de fraude en perjuicio de una administración pública, que tiene una pena de dos a seis años de prisión. El magistrado explicó que hay distintas normas que establecen que está prohibido cobrar una jubilación de un régimen especial, como lo es el del Poder Judicial, y trabajar en simultáneo. “La Ley 24.018 -destinada a regular el régimen provisional extraordinario para magistrados y funcionarios judiciales- establece que la percepción de haberes jubilatorios por parte de dichos agentes, es incompatible con el desempeño de empleos públicos o privados, excepto la comisión de estudios o la docencia”, explicó. Agregó que un decreto de 2001 establece que en un caso como el de Torresi, la persona debe elegir entre la jubilación o el trabajo.

La sede del Ministerio de Salud donde Torresi fue asesorLa sede del Ministerio de Salud donde Torresi fue asesor

El magistrado también destacó que Torresi omitió informar cuando inició los trámites para jubilarse que en ese momento trabajada en el trabajo en el Ministerio de Salud, más allá que anteriormente sí lo había hecho.

Dos meses después la Cámara Federal confirmó el procesamiento y Torresi fue enviado a juicio oral y público. En esa instancia le quedaba una condena o una absolución. Pero el acusado eligió otro camino. Devolvió el millón de pesos y presentó en tribunales las constancias de las deducciones sobre su jubilación para saldar la deuda.

Así, la defensa de Torresi pidió ser sobreseído. Explicó que el artículo 59 del Código Penal establece en inciso seis que “la acción penal se extinguirá: Por conciliación o reparación integral del perjuicio, de conformidad con lo previsto en las leyes procesales correspondientes”.

Los jueces aceptaron el planteo. Machado Pelloni, Basso y Ríos explicaron en un fallo del 3 de noviembre que además de esa norma ya entró en vigencia en todo el país el artículo 34 del Código Procesal Penal de la Nación que fija que “el imputado y la víctima pueden realizar acuerdos conciliatorios en los casos de delitos con contenido patrimonial cometidos sin grave violencia sobre las personas o en los delitos culposos si no existieran lesiones gravísimas o resultado de muerte” y que “la acreditación del cumplimiento del acuerdo extingue la acción penal”. La norma fue avalada en agosto pasado por la Corte Suprema de Justicia.

Los jueces del Tribunal Oral Federal 3 Basso, Machado Pelloni y Ríos (Maximiliano Luna)Los jueces del Tribunal Oral Federal 3 Basso, Machado Pelloni y Ríos (Maximiliano Luna)

Se trata de una medida alternativa a la causa penal que permite cerrar el expediente a cambio de una reparación por el hecho cometido. Es también un reconocimiento de que el delito se cometió, como ocurre en los juicios abreviados.

En este caso la víctima es el estado y quien lo representa es el fiscal. En el juicio oral a Torresi el fiscal Miguel Ángel Osorio y en una audiencia consideró que estaban las condiciones para cerrar el caso. Explicó que la acusación era de exclusivo contenido patrimonial y que el daño económico que se había causado fue reparado. También ponderó la edad de Torrersi y que así se descomprimía el sistema de justicia al resolver una causa sin hacer el juicio. Señaló que si bien la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se negó al acuerdo y pidió que se haga el juicio, el organismo no es parte de la causa para opinar.

“Se observa que la solución propuesta por el fiscal general refleja una situación de falta de conflictividad desde el punto de vista de los intereses de la vindicta publica (NdA: la Fiscalí), que reviste una cierta fundamentación legal”, sostuvieron los jueces del tribunal oral.

Los jueces Machado Pelloni, Basso y Ríos explicaron que las nuevas normas del Código Penal y del Código Procesal Federal permiten la reparación del daño y el sobreseimiento del acusado. “Sobre estas bases, cabe concluir que la posición adelantada por el acusador importa un desistimiento motivado de la acción penal, en tanto derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las constancias de la causa, por lo que corresponde hacer lugar a la excepción interpuesta por la defensa, declarar extinguida la acción penal y, en consecuencia, dictar el sobreseimiento de Rubens Torresi”, concluyeron.

Seguir leyendo
Comentá aquí

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


The reCAPTCHA verification period has expired. Please reload the page.

Copyright © 2018 Malvinas Rock 90.7 Mhz | Todos los Derechos Reservados