Mediante cuatro resoluciones generales publicadas este viernes en el Boletín Oficial, el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont extendió las suspensiones de los embargos para las pequeñas y medianas empresas (pymes) y prorrogó la decisión no iniciar nuevas ejecuciones fiscales.
De esta manera, para facilitar las tareas de las empresas, la AFIP postergó hasta mediados de agosto la fecha para que las sociedades presenten sus estados contables. A su vez, habilitó un mes adicional para que las sociedades y monotributistas adhieran al régimen de facilidades de pago de planes caducos.
En tanto, a través de la Resolución General 4740/2020, prorrogó hasta el 31 de julio de 2020 la suspensión de traba de medidas cautelares. La 4741/2020, por su parte, suspendió la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias hasta fines de julio, incluso en las jurisdicciones donde se levantó la feria judicial extraordinaria.
Las sociedades que cerraron sus ejercicios fiscales entre noviembre y enero debían presentar estados contables entre mayo y junio, pero con la Resolución General 4743/2020 la AFIP decidió trasladar esas obligaciones al 18 de agosto próximo.
Finalmente, la 4742/2020 extiendió hasta finales de julio el plazo de adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite financiar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos para empresas, monotributistas y autónomos.